Cubiertas

  • En el caso de las cubiertas también aplicaremos el criterio de mínima intervención posible. Se estudiarán previamente las armaduras o estructuras de madera existentes, y se sustituirán solo aquellos elementos que sean realmente necesarios.
  • El mantenimiento y la conservación de las cubiertas es fundamental. Realizando periódicamente tareas de limpieza y recolocación de tejas evitaremos daños futuros que darán lugar a una intervención de mayor entidad.
  • El material de cubrición a utilizar según  la Ordenaza 1 A debe ser teja árabe de tejar. Excepcionalmente, y si ya existe en el edificio, los técnicos municipales, autorizan a utilizar teja cerámica plana “teja alicantina”. En ningún caso se puede utilizar teja mixta, o teja árabe industrial color rojo.
  • Se recomienda el uso de técnicas tradicionales para el recibido de las tejas, barro o morteros pobres de arena de miga que permiten mayor movimiento, más ligereza, y poseen mayor capacidad aislante.
  • Restringido o no recomendable el uso de placas onduladas impermeables asfálticas. A menudo estas placas no se colocan adecuadamente, además necesitan un plano de apoyo perfecto para evitar futuras deformaciones de la placa.
  • Se recomienda el uso de membranas impermeables y transpirables cuando contamos con tableros de madera, colocadas directamente encima del la tabla, y protegidas con una capa de compresión de mortero ligero de arcilla expandida, sobre el que se recibirá la cubrición de teja.
  • Se recomienda proteger térmicamente las cubiertas con la colocación de aislantes. En general un aislante térmico funciona mejor cuanto más exterior sea su colocación en la envolvente del edificio. Se recomienda el uso del polietileno extruido colocado entre la capa de compresión y la lámina impermeable.
  • Se debe vigilar la ventilación de las maderas, y las posibles condensaciones.
  • En las canales de las limahoyas se recomienda utilizar láminas de plomo o de zinc.
  • Se recomienda dejar previsto espacios donde albergar maquinaria de instalaciones, colocadas en partes no visibles desde la vía pública.
  • Se recomienda la ejecución de chimeneas tradicionales.
  • Se deben cumplir las especificaciones  de la Ordenanza 1 A del POM en cuanto a pendiente máxima (25%), superficie máxima de terrazas (9m2, 10% de superficie total de cubierta), dimensiones de paños (no mayor de 7,5 m), utilización de teja árabe de tejar, dimensiones de los aleros (50 cm o 1/3 del ancho de la calle), prohibición de elementos de tecnologías recientes, canalones de cobre, latón o zinc.

Según Plan Especial:

Según el Plan Especial del Casco Histórico (Artículo 2.3) “Los edificios se rematarán mediante cubierta inclinada. Excepcionalmente se podrán introducir pequeñas terrazas, previa justificación técnico-tipológica, con una superficie máxima del 10% de las cubiertas y en piezas independientes no superiores a 9 metros cuadrados y de acuerdo con los criterios que, al efecto, establezca la Comisión Técnica del Patrimonio Histórico de Toledo. La formación de pendientes se hará hacia la propia finca o hacia espacios públicos y siempre mediante sistema de recogida de aguas y canalización interior, de conformidad con las siguientes reglas:

a) Las cubiertas arrancarán directamente por encima del último forjado, con una inclinación máxima del 25% con el plano del mismo. Excepcionalmente se podrá superar esta inclinación para resolver problemas concretos.

b) Cada plano de cubierta tendrá una extensión máxima equivalente a una crujía, y nunca más de 7,5 metros de ancho en planta en el sentido de la línea de máxima pendiente.

c) Se prohíbe la formación de buhardillas independientes bajo cubierta para usos habitacionales o segregados de los inmediatamente inferiores. El espacio disponible corresponderá exclusivamente a la formación de pendientes, sin admitirse la formación de sotabancos superiores a 0,5 metros, sin superar la altura máxima prevista en el artículo 2.11.4. La superficie bajo cubierta computará en todo caso, cualquiera que sea el uso a que se destine, para la determinación de la edificabilidad admisible.

d) Se permitirá la formación de aleros, cuyo vuelo no supere el tercio del ancho de la calle y, como máximo 0,5 metros, pudiendo ser mayor en caso de conservarse el preexistente en una rehabilitación. Los aleros podrán estar acabados en hormigón, siempre que no se trate de testeros de vigas ni soluciones estructurales y estén resueltos con criterios de esbeltez propios de los acabados tradicionales. También se admitirán materiales cerámicos u otras soluciones conformes a los usos locales.

e) Los materiales acabados de cubierta corresponderán a la teja árabe de tejar, según los tradicionales tonos y colores ocres y pardos. No se admitirá en ningún caso la incorporación de materiales extraños ni la aparición de aberturas cenitales, ventanas inclinadas, o tecnologías recientes, aparentes desde una perspectiva exterior, lejana o próxima.

f) Los elementos que por sus características técnicas o funcionales no pudieran encontrar otro emplazamiento que la cubierta deberán respetar al máximo la armonía del conjunto. En el caso de antenas deberán buscar el impluvium, evitando en la medida de lo posible rebasar la cumbrera y minimizando su impacto mediante sistemas colectivos. Las chimeneas se adaptarán a los tipos tradicionales.

Cuando alguno de estos elementos quedare fuera de servicio, deberá ser retirado o reparado por el propietario del inmueble.

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